Comunicado de prensa

CITANDO PRUEBAS DE DISCRIMINACION INDEBIDA EN LA SELECCION DEL JURADO POR UN ADA EN LOS ANOS 90, EL FISCAL DE DISTRITO DE QUEENS PRESENTA UNA MOCION CONJUNTA CON LA DEFENSA PARA ANULAR DOS CONDENAS

Citando pruebas de décadas de discriminación indebida por motivos de raza, sexo, religión y origen étnico en la selección del jurado, la fiscal del distrito de Queens, Melinda Katz, ha anunciado hoy que ha presentado una moción conjunta con el abogado defensor del bufete Covington & Burling, LLP, para anular las condenas de Santiago Valdez y Paul Morant. Ambos fueron condenados en 1996 y siguen encarcelados. Tras la revocación de sus condenas, el Fiscal del Distrito solicita que los acusados sean puestos en prisión preventiva y procesados de nuevo por las acusaciones pendientes.

Esta moción se basa en documentos encontrados en los archivos del Fiscal de Distrito del Condado de Queens que indican que un único ADA -que dimitió de la oficina del QCDA en 1997- excluyó indebidamente a ciertas minorías y mujeres del servicio de jurado en violación de la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en el caso Batson contra Kentucky476 U.S. 79 (1986).

«Aunque las pruebas de discriminación en la selección del jurado no plantean ninguna duda sobre la culpabilidad de los acusados, la ley es clara. No puede permitirse que se mantenga una condena obtenida mediante estas prácticas discriminatorias», dijo el fiscal Katz. «No toleraremos la discriminación por motivos de raza, sexo, religión u origen nacional». (La declaración completa del fiscal Katz comienza en la página 3.)

A la hora de seleccionar a los miembros del jurado en los juicios penales, tanto la acusación como la defensa disponen de un número limitado de «tachas perentorias», que permiten al abogado eliminar a posibles miembros del jurado. Sin embargo, los derechos de los posibles miembros del jurado y de un acusado penal en virtud de la Cláusula de Igual Protección de la Constitución de los Estados Unidos se violan cuando el uso de las tachas perentorias está motivado por la raza, el sexo, la religión o el origen étnico.

A principios de este año, la Unidad de Integridad de las Condenas de la QCDA tuvo conocimiento de un conjunto de notas utilizadas por un único ex ADA al ejercer ataques perentorios que contenían orientaciones discriminatorias, entre ellas:

  • Una preferencia por los jurados blancos;
  • Consejos para excluir a jurados negros de ciertos barrios,
  • Consejos para excluir a judíos, hispanos e italianos del servicio de jurado, y
  • Consejos para excluir a madres y abuelas.

En respuesta a una solicitud de libertad de información, se encontraron fotocopias de estas notas en los expedientes de ambos acusados. Otras anotaciones en los expedientes de los dos acusados mostraban que el ADA se refería activamente a las notas discriminatorias al ejercer los golpes perentorios.

En consecuencia, el fiscal Katz ha tomado la difícil decisión de consentir en revocar, y volver a una postura de juicio, las siguientes condenas:

  • El pueblo contra Santiago ValdezInd.#5477/95: Valdez fue condenado por dos cargos de asesinato en segundo grado (Ley Penal de Nueva York § 125.25[2]) y un cargo de posesión criminal de un arma en tercer grado (Ley Penal de Nueva York § 265.02[4]). El 18 de noviembre de 1996, fue condenado a dos penas de prisión indeterminadas consecutivas de veinte años a cadena perpetua por las condenas de asesinato, y a una pena indeterminada concurrente de dos años y un tercio a siete años por la condena de posesión de armas. Estas condenas estaban relacionadas con el asesinato de Danny Velez y Arley Zapata, clientes de un club nocturno. Las pruebas del juicio demostraron que el acusado disparó un arma de fuego contra la puerta cerrada de un club nocturno, lo que provocó las trágicas muertes de los señores Vélez y Zapata. El acusado fue identificado por testigos presenciales del tiroteo y el arma homicida se encontró en el apartamento del acusado.
  • El pueblo contra Paul MorantInd.#4904/95: Morant was convicted of Attempted Murder in the First Degree (N.Y. Penal Law §§ 110.00, 125.27[1][a][i]), Attempted Aggravated Assault upon a Police Officer (N.Y. Penal Law §§ 110.00, 120.11), agresión en segundo grado (Ley penal de Nueva York, § 120.05), posesión delictiva de un arma en segundo grado (Ley penal de Nueva York, § 265.03) y posesión delictiva de un arma en tercer grado (Ley penal de Nueva York, § 265.02[4]). El 24 de julio de 1996, el acusado fue condenado, como delincuente violento reincidente, a penas de prisión indeterminadas concurrentes de veinticinco años a cadena perpetua por cada uno de los cargos por los que fue declarado culpable. Estas condenas estaban relacionadas con un altercado en el que, según las pruebas del juicio, Morant forcejeó con el agente de policía de Nueva York Keith Schweers durante un control, sacó una pistola y disparó dos veces en el pecho al agente Schweers. El agente Schweers se salvó gracias a su chaleco antibalas, y Morant fue detenido en el lugar de los hechos.

«Nuestra oficina no trata de anular una condena a la ligera, y reconocemos el dolor emocional que la revisión de estos casos causará al agente Schweers y a las familias del Sr. Vélez y del Sr. Zapata. Sin embargo, la exclusión inconstitucional de jurados cualificados por motivos de raza, religión, etnia o sexo supone un perjuicio real para nuestra comunidad y disminuye la confianza en nuestro sistema de justicia», dijo el fiscal Katz.

«También estamos comprometidos a garantizar que quienes cometen delitos atroces no escapen a las consecuencias de sus actos», prosiguió el Fiscal del Distrito. «No se ha descubierto ninguna imperfección en las pruebas del juicio y los delitos cometidos siguen justificando un enérgico enjuiciamiento».

Además de las medidas adoptadas hoy:

*DA Katz ordenó a la CIU revisar cada caso juzgado por este ex ADA. Esa revisión está en curso, y la CIU está trabajando en colaboración con abogados de Covington & Burling, LLP, para examinar un total de 8 casos adicionales juzgados por este ADA con veredicto de culpabilidad. Ninguno de estos acusados sigue encarcelado por los cargos por los que fueron condenados.

*La CIU también ha realizado una auditoría de los expedientes judiciales de todos los ADA que trabajaron al mismo tiempo en la misma oficina de QCDA que el antiguo ADA. En una revisión de más de 50 juicios con jurado a lo largo de la década de 1990, la CIU no ha descubierto estas notas en los expedientes de ningún otro fiscal.

*Y, por último, el fiscal Katz ha pedido a la CIU que colabore con el programa de formación de la QCDA y otros expertos en la materia para llevar a cabo cursos de formación en toda la oficina en los que se informe a todos los ADA de la QCDA de estas prácticas discriminatorias del pasado y se les proporcione orientación práctica para seleccionar jurados de manera justa y eficaz.

La investigación de la CIU fue dirigida por el ayudante principal del fiscal Alexis Celestin y su director, Bryce Benjet.

DECLARACIÓN DE LA FISCAL MELINDA KATZ

Hoy, en los tribunales, esta Oficina se ha sumado a una petición de anulación de dos importantes condenas de hace más de veinte años. Esta decisión se basa en pruebas claras de discriminación inconstitucional en la selección del jurado. En concreto, una serie de notas encontradas en los expedientes judiciales de un único ayudante del fiscal, que dimitió de su cargo a finales de la década de 1990, contienen un esquema detallado para la selección de jurados que favorece en gran medida a los hombres blancos, desalienta la selección de mujeres y excluye totalmente del servicio de jurado a determinados grupos étnicos y religiosos y a las minorías. También hay pruebas convincentes de que los intolerables prejuicios que ponen de manifiesto estas notas se utilizaron realmente en la selección de los jurados en estos casos.

La necesidad de las medidas que tomamos hoy es evidente. No podemos, en conciencia, respaldar condenas en las que la selección del jurado está viciada en algún grado por la discriminación basada en la raza, el sexo, la religión, la etnia o el origen nacional. Si no se aborda, esta discriminación erosionaría la confianza pública en nuestro sistema judicial en un momento en que esa confianza es más baja que nunca. Y sólo reconociendo esta práctica discriminatoria honramos el duro trabajo de nuestros dedicados abogados y personal que hoy se esfuerzan por tratar a todas las personas de nuestra comunidad con dignidad y justicia, independientemente de quiénes sean o de dónde procedan.

Nosotros, como Oficina, estamos y seguiremos estando comprometidos con la erradicación de todas las formas de parcialidad en el sistema de justicia penal. Aparte de estos dos casos, estamos revisando todos los casos juzgados por este antiguo ayudante del fiscal hasta obtener un veredicto de culpabilidad (diez en total) y hemos realizado una auditoría de las oficinas en las que este ayudante del fiscal trabajaba en aquel momento. En una revisión de más de cincuenta expedientes de juicios de estas oficinas de los años noventa, no hemos encontrado pruebas similares de discriminación. Nos hemos formado y seguiremos formándonos sobre las formas sutiles de sesgo implícito para que no desempeñen ningún papel en ningún aspecto de nuestro trabajo ni del trabajo de otros en el sistema de justicia penal que afecta a las vidas de tantas personas.

También nos comprometemos a garantizar que quienes cometen delitos atroces no escapen a las consecuencias de sus actos. Por esta razón, hemos pedido que los acusados en estos casos de asesinato e intento de asesinato sean mantenidos en prisión preventiva sin fianza. No se ha descubierto ninguna deficiencia en las pruebas del juicio y los delitos cometidos siguen mereciendo incuestionablemente un enérgico enjuiciamiento. Pero seguiremos adelante con estos casos de forma justa, sin ningún atisbo de parcialidad o discriminación de ningún tipo. Haremos lo que debería haberse hecho hace tiempo, y lo haremos bien.

Toda persona acusada de un delito tiene derecho al debido proceso y todos los ciudadanos del condado de Queens tienen el mismo derecho y la misma responsabilidad al servicio de jurado. Nuestro ejercicio de la discreción en la selección de jurados debe centrarse en cada individuo como ser humano, y no en estereotipos basados en el género, la raza, la etnia o la religión. Esta conducta vergonzosa de hace más de dos décadas no refleja nuestros valores. Esto no es lo que somos. Me enorgullece que nuestras acciones de hoy demuestren nuestro compromiso colectivo de erradicar los prejuicios de odio del pasado y renovar nuestra promesa de permitir que todas las personas participen de forma significativa en el sistema de justicia penal.

**Las denuncias y acusaciones penales son acusaciones. Se presume la inocencia del acusado hasta que se demuestre su culpabilidad.